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CORTE DE LAMBAYEQUE PROMUEVE ACTUALIZACIÓN SOBRE DERECHO LABORAL EN EL SECTOR PÚBLICO
2026-08-07
La Corte Superior de Justicia de Lambayeque, a través de la Coordinación de Recursos Humanos, desarrolló el evento académico denominado “Derecho Laboral en el Sector Público”, como parte de las actividades contempladas en su Plan de Desarrollo de las Personas (PDP) 2026, dirigido a promover la actualización y capacitación de los servidores de la institución.
La jornada académica tuvo como expositor al Dr. Silverio Rivera Palomino, magistrado del Poder Judicial, quien abordó aspectos vinculados con la actuación de las entidades públicas y los procedimientos administrativos, con especial énfasis en las figuras de la prescripción y la caducidad dentro del procedimiento administrativo sancionador y el proceso contencioso administrativo.
Durante su exposición, explicó que el procedimiento administrativo constituye el conjunto de actos y trámites orientados a la emisión de un acto administrativo, mediante el cual las entidades públicas establecen, modifican, regulan o extinguen relaciones jurídicas con los ciudadanos y sus propios servidores.
Uno de los principales temas desarrollados fue la prescripción de la facultad de la autoridad para determinar la existencia de infracciones administrativas. En ese sentido, precisó que, cuando las leyes especiales no establecen un plazo distinto, dicha facultad prescribe a los cuatro años. Asimismo, explicó las particularidades del cómputo de este plazo según se trate de infracciones instantáneas, instantáneas con efectos permanentes, continuadas o permanentes.
El magistrado también explicó las diferencias entre estas modalidades de infracción. En el caso de las infracciones instantáneas, el plazo se computa desde el momento de su consumación; mientras que, en las infracciones continuadas, el cómputo parte de la última actuación constitutiva de la infracción. En las infracciones permanentes, el plazo comienza cuando cesa la conducta infractora.
Asimismo, se abordó la interrupción y suspensión del cómputo de la prescripción, explicándose que la interrupción implica que el plazo vuelva a computarse desde cero a partir del hecho determinante, mientras que la suspensión detiene temporalmente su cómputo bajo determinadas circunstancias.
Otro de los aspectos centrales fue la caducidad administrativa. Al respecto, se explicó que, en los procedimientos sancionadores iniciados de oficio, el plazo general para resolver es de nueve meses desde la notificación de la imputación de cargos, pudiendo ampliarse excepcionalmente hasta por tres meses mediante una resolución debidamente sustentada. Transcurrido el plazo máximo sin que se notifique la resolución correspondiente, el procedimiento caduca y debe procederse a su archivo.
Finalmente, la ponencia abordó la caducidad en el proceso contencioso administrativo, señalándose que la demanda debe interponerse, como regla general, dentro de los tres meses contados desde el conocimiento o notificación del acto materia de impugnación. También se destacó la necesidad de interpretar estas disposiciones de manera sistemática, considerando la protección del derecho a obtener una resolución válida sobre el fondo.
Con este tipo de actividades académicas, la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, mediante la Coordinación de Recursos Humanos, continúa promoviendo espacios de capacitación orientados a fortalecer los conocimientos de sus servidores y contribuir a una gestión pública cada vez más informada, responsable y orientada al servicio de las personas.